El TAD no abre expediente a Pedro Rocha por no convocar las elecciones a la presidencia de la federación con la actual asamblea
El Tribunal Administrativo del Deporte considera que la gestora presidida por el dirigente extremeño no ha incurrido en una falta muy grave, aunque no le exime de tener que celebrar los comicios que exige Miguel Galán
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha resuelto no abrir expediente sancionador a Pedro Rocha, presidente de la comisión gestora de la Real Federación Española de Fútbol, por no convocar elecciones con la asamblea actual tras la dimisión de Luis Rubiales el pasado 10 de septiembre. La resolución del TAD responde a la denuncia de Miguel Galán y de la que dio traslado el Consejo Superior de Deportes (CSD) al TAD en dos ocasiones. Galán, presidente de la escuela de entrenadores Cenafe, denunció ante el CSD que Rocha habría incumplido con el artículo 31.8 de los estatutos federativos que dicta “que cuando el presidente cese por causa distinta a la conclusión de su mandato, la junta directiva se constituirá en Comisión Gestora y convocará elecciones para proveer al cargo”. Esos comicios deberían elegir un presidente hasta el fin del mandato de Rubiales que expiraba en el último cuatrimestre de 2024 por ser año olímpico y las votaciones corresponderían a los actuales asambleístas.
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